Tras la Sentencia del Tribunal de la Unión Europea de 3 de marzo de 2020 (asunto C-125/18, caso Gómez del Moral Guasch/Bankia S.A) la cual ha determinado que “serán los tribunales españoles quienes deberán examinar cada caso y verificar el carácter claro y comprensible de las cláusulas de contratos de préstamo hipotecario que establezcan la aplicación del IRPH” y que, por tanto, da un importante varapalo a las entidades bancarias, se abre la viabilidad a los consumidores para poder reclamar lo que han pagado en exceso por aplicación de la reclamación cláusula hipotecaria IRPH si, efectivamente, no se les comercializó el préstamo con información transparente que incluyera explicaciones de la existencia de esta cláusula y de las consecuencias económicas.

Además, se podrá reclamar también en la misma demanda convertir la cláusula que fija el índice de referencia del IRPH por el EURIBOR con la mejora general en las condiciones del préstamo y una importante reducción de la cuota mensual a pagar hasta la finalización del préstamo hipotecaria, con el consiguiente ahorro a largo plazo.

Reclamación Cláusula hipotecaria IRPH

Para ello este despacho les ofrece de forma inicial una PRIMERA CONSULTA GRATUITA en aras de estudiar la viabilidad del caso concreto en base a las actuales directrices y las cantidades a devolver y en base a ello explicar todo el proceso judicial en la reclamación cláusula hipotecaria IRPH.

Además, es compromiso de este despacho cobrar solo si usted como consumidor recupera las cantidades debidas y las costas de la entidad bancaria.

Póngase en contacto con nosotros tanto por teléfono: 91 832 41 18, como por mail: garciamartinez@gamaabogados.es y concertamos una cita donde le informaremos de todas las novedades, de la posible reclamación previa, de los plazos y de los honorarios. Para mas información clica aqui.

Pueden confiar en que se luchará por obtener los mejores resultados, dada la amplia experiencia de este despacho en derecho bancario y un amplio bagaje profesional en este sector.